Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-6292)
BOP-2022-6292 Bases específicas para la provisión de dos plazas de Conductores/as para la recogida de RSU como personal laboral fijo, mediante concurso de méritos.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
- Manipulación de contenedores, mantenimiento de éstos y atención de las infraestructuras del
servicio.
- Conductor de maquinaria de obras.
- Otras tareas asignadas por su superior, siempre que estén relacionadas con el contenido del
puesto.
Para delimitar los conocimientos profesionales y la adecuación para el desempeño del puesto
de trabajo, los/las interesados/as deberán presentar junto con la solicitud su Currículum
profesional y elaborar una Memoria consistente en un análisis de las tareas del puesto y de los
requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño.
La Memoria se presentará en sobre cerrado en el Ayuntamiento de Guadalupe, emitiéndose
por los empleados acta de recepción de la misma, firmada por el/la interesado/a.
Tendrá una extensión máxima de 10 páginas, con un tipo de letra Arial 11 puntos, interlineado
de 1,5 y márgenes de 2,5 cm y con numeración de páginas. La defensa tiene como fin permitir
al Tribunal de selección verificar la adecuación, así como los requisitos, condiciones y medios
para un desempeño adecuado de la plaza objeto de la convocatoria.
Asimismo, los/las aspirantes expondrán la defensa o lectura de la Memoria, puntuándose este
apartado con cero (0) puntos en caso de que el/la aspirante no aportara este mérito o no
realizase ante el Tribunal su defensa o lectura.
La defensa o lectura de la memoria tiene como fin permitir al Tribunal Calificador demostrar y
verificar los conocimientos o méritos que haya alegado el/la participante. No podrá exceder de
15 minutos, para lo cual se le podrá pedir las aclaraciones o realizar las preguntas que se
estime necesario en relación con su contenido.
Criterios de valoración:
Formato y estructura: Máximo de 3 punto.
Contenido y descripción de la actividad.- Máximo de 7 puntos.
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las
otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal de Selección. Cuando en las
puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal, exista una diferencia de tres o más
enteros, serán automáticamente anuladas las calificaciones máxima y mínima, calculándose la
puntuación media entre las calificaciones restantes. En el caso que exista más de un miembro
que haya otorgado la calificación máxima y/o mínima, solo se excluirá una calificación máxima
y/o mínima.
OCTAVA. CALIFICACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará
pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de
Guadalupe, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días
hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
CVE:
BOP-2022-6292
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
Pág. 29662