Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2022-6281)
BOP-2022-6281 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de El Gordo en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización empleo temporal Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión
Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los/as de su
cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o
mayores de dicha edad dependientes.
En este supuesto, los/as aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento
que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a
las Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo
para la salud.
c) Poseer la titulación que se requiera en las bases específicas que rijan en cada
convocatoria, en función de la clasificación de las plazas se especificará en cada
convocatoria la titulación exigida para poder participar en el proceso de selección:
Grupo A.
Subgrupo A2.
Estar en posesión de la titulación universitaria exigida para el ingreso en los
cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A2, de acuerdo con lo previsto en
el artículo 76 del Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a
Público/a, verificado por el Consejo de Universidades a través del cauce
procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales o haber
superado 180 créditos de los tres primeros cursos completos o el primer ciclo de
una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, a excepción, en este caso, de las
titulaciones que habiliten para el ejercicio de una profesión.
CVE:
BOP-2022-6281
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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