Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2022-6281)
BOP-2022-6281 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de El Gordo en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización empleo temporal Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante
escrito dirigido al Ayuntamiento de El Gordo.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/a aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
DECIMOSEGUNDA. Incidencias.
12.1. Las convocatorias, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y
de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos
y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
12.2. Los Tribunales de Selección quedarán facultados para resolver las dudas que puedan
presentarse, y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del
concurso-oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
12.3. Para lo no previsto en las convocatorias será de aplicación el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del/a Empleado/a Público/a, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7
de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; el
Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de
ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de
la Administración.
SEGUNDO. Contra las bases podrán, los/as interesados/as, presentar los recursos que
constan en la Base Quinta de las mismas.
CVE:
BOP-2022-6281
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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