Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-6277)
BOP-2022-6277 Convocatoria para la provisión de 1 plaza de Auxiliar Ayuda a Domicilio Pisos Tutelados, concurso - oposición proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
los efectos de este baremo.
Otros Méritos: Máximo de 1 punto, que se podrán obtener indistintamente a través de:
- 0,002 puntos/hora.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la
categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación,
recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por los agentes
anteriores, con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo
personal y profesional de los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos
en horas, se sumarán todas las horas y se dividirán entre la puntuación otorgada por cada hora
(0,002 puntos/hora), de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten
claramente las horas de celebración del curso y los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
Otras titulaciones: Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50
puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
CVE:
BOP-2022-6277
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
Pág. 29496
los efectos de este baremo.
Otros Méritos: Máximo de 1 punto, que se podrán obtener indistintamente a través de:
- 0,002 puntos/hora.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la
categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación,
recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por los agentes
anteriores, con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo
personal y profesional de los empleados públicos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos
en horas, se sumarán todas las horas y se dividirán entre la puntuación otorgada por cada hora
(0,002 puntos/hora), de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten
claramente las horas de celebración del curso y los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
Otras titulaciones: Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50
puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
CVE:
BOP-2022-6277
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
Pág. 29496