Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-6271)
BOP-2022-6271 Convocatoria para la provisión de 1 plaza de Técnico/a de Consumo por concurso, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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● Servicios prestados. (8 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o indefinido no fijo,
hasta la fecha de fin de plazo de solicitudes.
1.- Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Casar de Cáceres en la
categoría de Técnico de Consumo, se otorgará 0,075 puntos por mes trabajado -- hasta un
máximo de 8 puntos.
2.- Por cada mes de servicios prestados en el Ayuntamiento de Casar de Cáceres en categoría
de similar naturaleza que complementen las funciones de la plaza convocada, se otorgará
0,037 puntos por mes trabajado -- hasta un máximo de 8 puntos.
2.- Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de igual
de la categoría de Técnico de Consumo, se otorgarán 0,025 puntos por mes trabajo, hasta un
máximo de 8 puntos.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras
Administraciones Públicas mediante certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente
información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario interino o estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses completo. Para eso, se calculará
en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que
lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
CVE:
BOP-2022-6271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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