Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2022-6263)
BOP-2022-6263 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Auxiliar Administrativo/a. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Aldeacentenera
6.3. Plazo de presentación
El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de presentación de
instancias fuera sábado o inhábil, se entenderá automáticamente prorrogado el plazo hasta el día
hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
SÉPTIMA. Admisión de los/as aspirantes.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
correspondiente, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los
documentos que se determinen en la correspondiente convocatoria.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes
admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta
Resolución se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas
certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
La identificación de los/as interesados/as se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los
órganos competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición
Adicional séptima. En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que,
en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes
excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Una vez
finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, una resolución elevando a definitiva la lista provisional de
aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones.
OCTAVA. Tribunal de Selección.
El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30
Cód.
Validación:
7CGQ7KY3KHZJSPRLZQSX6TPAD
|
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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4
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CVE:
BOP-2022-6263
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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