Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2022-6262)
BOP-2022-6262 Convocatoria para la provisión de 1 plaza de Operario/a Servicios Múltiples. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Aldeacentenera
las formas prevista en el Artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.3. Plazo de presentación
El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de
presentación de instancias fuera sábado o inhábil, se entenderá automáticamente prorrogado el
plazo hasta el día hábil inmediatamente posterior a la citada fecha.
SÉPTIMA. Admisión de los/as aspirantes.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
correspondiente, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias.
Junto con la solicitud, los aspirantes deberán aportar fotocopia de los documentos
acreditativos de los méritos alegados.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución
declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
Tablón Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as con indicación de las causas de inadmisión.
Asimismo, en esta Resolución se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
La identificación de los/as interesados/as se realizará cumpliendo con las
recomendaciones previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la
Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales
(LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos competentes aprueben
disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional séptima. En la
resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes
dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Una vez finalizado
el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, una resolución elevando a definitiva la lista provisional de
aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones.
Cód.
Validación:
7PEJD5D9533TJALT7QWHJGYWY
|
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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plataforma
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Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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