Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2022-6259)
BOP-2022-6259 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcuéscar
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación de Ordenanza.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Modificación
de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro
se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Dicha Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
quedará redactada de la siguiente manera:
Tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles, artículo 2:
1. Se fija en el 0,52 por 100. (Urbana).
2. Se fija en el 0,81 por 100. (Rústica).
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Alcuéscar, 21 de diciembre de 2022
Dioniso Vasco Juez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-6259
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de diciembre de 2022
N.º 0244
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