Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2022-6240)
BOP-2022-6240 Convocatoria para la provisión de una plaza de Encargado/a Personal Laboral (obras). Proceso especial de estabilización de empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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Ayuntamiento de Torreorgaz
de Torreorgaz) en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación
que el de las plazas convocadas, se otorgarán 0,45 puntos.
2) Por cada mes de servicios efectivos prestados en cualquier Administración Pública en plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,20 puntos.
3) Por cada mes de servicios prestados en cualquier ente del Sector Público en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas convocadas, se
otorgarán 0,15 puntos.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Torreorgaz se certificarán de oficio por el
órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al interesado/a. En el
certificado se especificará el puesto o puestos objetos de la convocatoria.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras
Administraciones Públicas mediante certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente
información:
Denominación del puesto, categoría, grupo y subgrupo:
− Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
− Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
− Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
− Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Asimismo, conjuntamente con los certificados mencionados deberá aportase Informe de
Vida Laboral.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los meses de trabajo
efectivo se aplicará la siguiente fórmula (sin considerar los decimales):
M1= DT2/30
En la que:
• M1 corresponde al número de meses completos computables a efectos de valoración.
• DT2 corresponde al número de días de prestación de servicios, conforme a la documentación
acreditativa de los mismos.
CVE:
BOP-2022-6240
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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