Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-6233)
BOP-2022-6233 Bases del proceso selectivo para cubrir 59 plazas del proceso de estabilización (concurso de méritos) al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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UNDECIMA. Protección de datos.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los/as aspirantes
prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos sean
incorporados en los ficheros automatizados del Negociado de Personal, cuya finalidad es la de
ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y
promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos
laborales, incompatibilidades y otros extremos. El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, como
responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, los/as aspirantes en el presente procedimiento de selección quedan
informados/as y prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter
personal facilitados. El/a opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal
los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica
citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Plasencia, Negociado de Personal, C/ Rey,
PLASENCIA. 10600. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que
los/as aspirantes han autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a
terceros, con la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DECIMO SEGUNDA. Incidencias.
12.1. La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
las soluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en todos
aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa
relacionada en la base primera de la presente convocatoria, así como las demás normas
concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de
las mismas y de la actuación de la Comisión se podrán formular impugnaciones por los/as
interesados/as en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los/as interesados/as Recurso de Reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo que lo será en el de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (Artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
12.2. Para lo no previsto en las convocatorias será de aplicación el Real Decreto Legislativo
CVE:
BOP-2022-6233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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