Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-6231)
BOP-2022-6231 EXTRACTO. Bases de los concursos del Carnaval 2023.
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Línea 2. Convocatoria del PASACALLES CARNAVALERO:
Solicitud de participación a la convocatoria del pasacalles conforme al Anexo I y copia de DNI
de la persona representante del grupo, en el supuesto de que los/as participantes sean un
grupo. Para las asociaciones o peñas, no pertenecientes a esta localidad, documento
justificativo de su inscripción en el Registro de Asociaciones de Extremadura. Las asociaciones
o peñas pertenecientes a Navalmoral de la Mata, podrán autorizar mediante la solicitud la
comprobación de oficio de su inscripción en el Registro municipal.
Línea 3. Convocatoria del DESFILE JUVENIL:
1. Solicitud de participación a la convocatoria del Desfile Juvenil conforme al Anexo I.
2. Declaración responsable de que su participación en el concurso es conforme a los requisitos
de la convocatoria. Serán los centros educativos quienes se encarguen de recabar la
autorización del tutor legal correspondiente, acompañado del DNI del mismo, para la
participación en el desfile y la reproducción de la imagen del/a menor. Esta autorización
quedará en poder del centro educativo.
Línea 4. Convocatoria del CONCURSO DE MURGAS Y CHIRIGOTAS:
Solicitud de participación en el concurso de murgas y chirigotas conforme al Anexo I, junto a la
copia de DNI de la persona representante del grupo, en el supuesto de que sean un grupo.
Para las asociaciones en la solicitud se podrá autorizar la comprobación de oficio de su
inscripción en el Registro municipal.
En el caso de participación de menores será necesaria además la autorización del/a tutor/a
legal correspondiente, acompañado del DNI del/a mismo/a, para la actuación y reproducción de
la imagen del/a menor. Será necesaria también la presentación de fotocopia del DNI o
documento oficial acreditativo de la edad del/a menor.
Para TODAS LAS LÍNEAS, se deberá presentar una Declaración responsable de que la
persona solicitante no concurre en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la
condición de beneficiaria de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones, conforme al Anexo II de la presente convocatoria.
6. PREMIOS.
La Concejalía de Festejos otorgará los siguientes premios con una cantidad total por todos
ellos de VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS (23.650€), que se asignará de
la siguiente manera:
CVE:
BOP-2022-6231
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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