Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2022-6223)
BOP-2022-6223 Convocatoria y bases, para la estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso - oposición (Cinco plazas de limpieza de edificios y locales).
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Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad cinco plazas
de Limpieza de edificios y locales, personal laboral fijo, en turno
libre, por el sistema concurso-oposición, dentro del proceso
extraordinario de estabilización
1. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la regulación para la convocatoria y proceso de selección de
personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, mediante procedimiento de estabilización de empleo
temporal por concurso-oposición, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo
extraordinaria correspondiente al ejercicio del año 2022 (OEP2022), aprobada por Resolución de Alcaldía de
fecha 31-03-22 y publicada en el Diario Oficial de Extremadura nº 69 de 8 de abril de 2022.
Las características de las plazas estructurales vacantes son:
Denominación de la plaza Limpieza de edificios y locales
Régimen Laboral Fijo
Unidad/Área/Escala/Subescala Área de Medio Ambiente
Grupo/Subgrupo/Categoría profesional Grupo 10
Nº de vacantes 5
Sistema selectivo Concurso-Oposición
2. Condiciones para la admisión de aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice
el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para
el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban n el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Documento
Firmado
Electrónicamente
-
CSV:076A57BE-0B29-4C3C-9150-C5D6A81FED40-733390
CVE:
BOP-2022-6223
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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