Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. (BOP-2022-6213)
BOP-2022-6213 Aprobación de bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de una plaza de Trabajador/a Social mediante sistema de concurso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NOVENA. Relación de aprobados
Una vez terminada la baremación y resueltas las alegaciones presentadas, el Tribunal
hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación definitiva en la sede
electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios.
El aspirante propuesto deberá aportar la documentación acreditativa de reunir las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, en el plazo de veinte
días hábiles desde la recepción del requerimiento.
Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición
adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados
datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido
aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos,
el interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo
presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos
electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas
de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Se
presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en el
procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento
expreso.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados
documentos, podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la
incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá
establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la
CVE:
BOP-2022-6213
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
Pág. 28706
Una vez terminada la baremación y resueltas las alegaciones presentadas, el Tribunal
hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación definitiva en la sede
electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios.
El aspirante propuesto deberá aportar la documentación acreditativa de reunir las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, en el plazo de veinte
días hábiles desde la recepción del requerimiento.
Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición
adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados
datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido
aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos,
el interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo
presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos
electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas
de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Se
presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en el
procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento
expreso.
Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados
documentos, podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos
exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la
incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá
establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la
CVE:
BOP-2022-6213
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
Pág. 28706