Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. (BOP-2022-6209)
BOP-2022-6209 Aprobación de bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de una plaza de Conductor/a-Operario/a, mediante el sistema de concurso.
20 páginas totales
Página
únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas
de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar
un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que
determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento
será el responsable del tratamiento de estos datos.
QUINTA. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento, se fijará un plazo de diez días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. Igualmente, en la misma
resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
SEXTA. Tribunal calificador.
El tribunal calificador será un órgano colegiado y su composición deberá
ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se
tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el
personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El número de los miembros del Tribunal no será inferior a cinco y, entre ellos,
deberá figurar un representante de la Junta de Extremadura, asimismo, su composición
será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer nivel de titulación o
CVE:
BOP-2022-6209
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
Pág. 28618