Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. (BOP-2022-6205)
BOP-2022-6205 Aprobación de bases y convocatoria, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, mediante concurso.
20 páginas totales
Página
principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada,
deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida a la
Alcaldía, comunicando las falsedades o actuaciones fraudulentas formuladas por la
persona aspirante. Contra la Resolución de dicho órgano podrán interponerse los
recursos administrativos que procedan.
OCTAVA. Calificación.
La puntuación de todos los méritos será de 100 puntos como máximo y no se
exige puntuación mínima para superar el proceso selectivo.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en los apartados a) y b)
del baremo.
El Tribunal hará públicas en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento las puntuaciones otorgadas provisionalmente a los aspirantes, a efectos
de alegaciones en el plazo de cinco días hábiles.
Las alegaciones deberán ser resueltas en el plazo máximo de veinte días hábiles
posteriores a la finalización del plazo de alegaciones.
NOVENA. Relación de aprobados
Una vez terminada la baremación y resueltas las alegaciones presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación definitiva en la
sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios.
El aspirante propuesto deberá aportar la documentación acreditativa de reunir
las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, en el plazo de
veinte días hábiles desde la recepción del requerimiento.
Como medida apropiada de agilización en virtud de lo previsto en la Disposición
adicional cuarta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público; conforme al artículo 28.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados
datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido
aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos,
CVE:
BOP-2022-6205
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
Pág. 28539