Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2022-6203)
BOP-2022-6203 Bases convocatoria Estabilización.
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Octava. Calificación.
La puntuación máxima de todos los méritos será de 10,00 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Novena. Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizado el proceso de selección a través de concurso, el tribunal hará pública la
relación de personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una
propuesta para el nombramiento de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se
podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de un número superior de aspirantes al
de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
Los/as aspirantes propuestos acreditarán ante la administración, dentro del plazo de veinte
días hábiles desde que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del
período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral (teniendo presente el
artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores), con lo que se culmina el proceso y el trabajador
adquirirá la condición de empleado público.
Décima. Incompatibilidades.
Los/as aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
personal al servicio de las administraciones públicas y demás normativa aplicable.
Undécima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
CVE:
BOP-2022-6203
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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