Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6192)
BOP-2022-6192 Bases convocatoria cobertura en propiedad de seis plazas de Auxiliar de Administración General, personal funcionario. Sistema concurso oposición turno libre. O.E.Pco 2019 y 2020.
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Calificación de la fase de oposición.
Los ejercicios de la oposición, todos ellos eliminatorios, se calificarán de cero a
diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos en cada
uno de ellos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2.- FASE DE CONCURSO:
La fase de concurso, aplicable a quienes hayan superado todos los ejercicios de la
fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar
la fase de oposición que precede siempre al concurso.
Consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos
alegados y debidamente acreditados por el personal aspirante, en los términos que a
continuación se relacionan.
El Tribunal otorgará la puntuación conforme al siguiente baremo:
2.1. Experiencia Laboral:
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 6 puntos.
Se valorarán los servicios efectivos prestados para cualquier Administración
Pública, como personal laboral fijo, personal laboral temporal, personal funcionario de
carrera, personal estatutario o personal funcionario interino en el cuerpo, especialidad o
categoría profesional convocada o similar, y siempre que se trate del mismo Subgrupo o
en su defecto, Grupo de Titulación.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa, los mismos se
valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada, que deberá acreditarse en la
forma prevista en el apartado 2.3.
Los servicios prestados se valorarán a razón de 0,05 puntos por mes completo,
hasta un máximo de 6 puntos, computados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
2.2. Formación (recibida o impartida en el ámbito de las Administraciones
Públicas y/o al amparo de los distintos planes de formación continua):
Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento cuyo contenido
verse sobre materias directamente relacionadas con la categoría profesional objeto de la
convocatoria, organizados por la Administración Pública o centros homologados por las
mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones
Públicas independientemente del promotor de los mismos, con la siguiente valoración.
CVE:
BOP-2022-6192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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