Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2022-6182)
BOP-2022-6182 Convocatoria cuatro plazas de Peón Servicios Múltiples.
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AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA, PROVINCIA DE CÁCERES
Plaza de España, 1 Teléfono, 927 39 00 02- 927 39 01 27 CIF: P-1000800-A
10980 ALCÁNTARA Telefax, 927 39 08 31
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hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el
siguiente baremo:
1.A. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante, ocupando la
categoría profesional en la que se encuadra la plaza objeto de la convocatoria, se otorgarán
0,45 puntos.
1.B. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en la misma
categoría profesional, o equivalente, que la correspondiente a la plaza objeto de esta
convocatoria, se otorgarán 0,15 puntos.
1.C.- Por cada mes de servicios prestados en cualquier entidad privada en categorías de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas convocadas, se
otorgarán 0,05 puntos.
La puntuación máxima por servicios prestados no podrá ser superior a 80 puntos.
2.- Otros Méritos (20 puntos máximo).
Formación:
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales o centros privados homologados cuyo contenido esté directamente relacionado
con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se
opta. De la misma forma también serán valorados los cursos de contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo profesional de los/as empleados/as públicos/as.
Sólo se valorará una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido. Así mismos cursos relacionados con el trabajo
propio de la categoría, construcción, mantenimiento, jardinería, limpieza, etc.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos
en horas y/o créditos.
No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que
se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las
horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración,
siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración. No se
valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a aspirante
cualquier documentación complementaria y de contar con asesores externos para resolver las
dudas que puedan surgir.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización ni justifiquen ni
acrediten las horas de duración.
CVE:
BOP-2022-6182
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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