Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2022-6175)
BOP-2022-6175 Convocatoria plaza de Oficial 1ª Maquinista.
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AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA, PROVINCIA DE CÁCERES
Plaza de España, 1 Teléfono, 927 39 00 02- 927 39 01 27 CIF: P-1000800-A
10980 ALCÁNTARA Telefax, 927 39 08 31
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imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta. Los aspirantes
propuestos que ostenten la condición de empleados públicos en activo, estarán exentos de
justificar documentalmente este apartado.
Décima. - Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de ésta
y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la
forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Recurso administrativo de reposición, ante el órgano
autor del acto, en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses.
Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan a las Administraciones Públicas, sin
perjuicio de que éstas, en su caso, puedan proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los
siguientes recursos:
Los plazos señalados se computarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de la
publicación. En caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer el contencioso-
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Undécima. - Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Alcántara
informa a las personas interesadas en el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria
que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero titularidad del
Ayuntamiento de Alcántara cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la
posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante
escrito acompañado de la fotocopia del DNI, o documento equivalente, dirigido a la Sra.
Alcaldesa, que podrá ser presentado en el registro general del Ayuntamiento de Alcántara
directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo. La participación en el
proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Alcántara para que proceda al
tratamiento de los datos personales de los aspirantes, así como a la publicación de los datos
identificativos de la persona necesarios: nombre, apellidos y DNI en las listas de aspirantes y
de puntuaciones obtenidas.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede
electrónica de este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios, para mayor difusión, antes de 31
de diciembre de 2022.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de
Alcántara, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-
administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres que por turno
corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
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BOP-2022-6175
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Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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