Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2022-6171)
BOP-2022-6171 Convocatoria para la provisión de una plaza de auxiliar administrativo/a por concurso oposición del OARGT.
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órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos
pertinentes. Contra la Resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que
procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o
dudas fundadas de que alguno de los/as aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe
preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de diez días
y tendrá el carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al
interesado/a, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el
Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo
dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano competente el
aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo. Los Tribunales
podrán excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante
la realización de los ejercicios.
5.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus
miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la
confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los manuales
de instrucciones que, en su caso, se dicten por la Gerencia del Organismo, con el objeto de homogeneizar
los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, aunque éste, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos
106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados
por las irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Servicios centrales, ubicado en la calle Álvaro
López Núñez s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en el ejercicio, si no puede realizarse conjuntamente, se iniciará por
orden alfabético de apellidos a partir de la letra “T”, de conformidad con el sorteo efectuado
previamente (BOP de 9-2-2022) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución
aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de comienzo del
ejercicio. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco días hábiles de dicho
comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación
CVE:
BOP-2022-6171
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de diciembre de 2022
N.º 0243
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