Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2022-6149)
BOP-2022-6149 Ordenanza Fiscal precio público por utilización de las pistas de pádel y gimnasio.
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Artículo 3º SUJETOS PASIVOS.
Están obligados/as al pago del precio público quienes se beneficien del uso o la
utilización de las pistas de pádel municipales.
Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio público, el servicio no
llegara a prestarse, procederá la devolución del importe correspondiente.
Las deudas por este precio público se podrán exigir por el procedimiento administrativo
de apremio.
Artículo 4º. CUANTÍA DEL PRECIO PÚBLICO.
La aprobación inicial de la imposición y ordenación del precio público por la utilización de
instalaciones deportivas municipales (gimnasio y pista de pádel), conforme a las siguientes
tarifas:
Pista de pádel: 4 euros /hora y media diurna y 5 euros/hora y media con iluminación.
Gimnasio: Bono mensual de 20 euros/mes.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Todo lo no previsto en esta Ordenanza fiscal deberá remitirse a lo previsto en el Reglamento
de uso de instalaciones deportivas municipales: gimnasio y pistas de pádel de Pueblonuevo de
Miramontes.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor, una vez se ha publicado su texto íntegro en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres, al día siguiente a partir de la fecha de publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 17 Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa."
Pueblonuevo de Miramontes, 16 de diciembre de 2022
Julio Muñoz Lucero
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-6149
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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