Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-6148)
BOP-2022-6148 Aprobación inicial cesión gratuita de finca municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Plasencia
ANUNCIO. Aprobación inicial cesión gratuita de finca municipal.
El Ayuntamiento Pleno de Plasencia, en sesión celebrada el día 2 de diciembre de 2022,
adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Ceder gratuitamente a la Consejería de Movilidad, Trasporte y Vivienda de la Junta
de Extremadura la finca municipal inscrita en el registro de la propiedad al tomo 1.825, libro
753, folio 20, finca 47.760, a los efectos de colaborar el Ayuntamiento de Plasencia para paliar
la situación actual de subida imparable de precios, lo que está generando, en el ámbito de la
vivienda, entre otras cuestiones, unos precios de alquiler cada vez más elevados e inasumibles
por la población media, dentro del programa 6 “Programa de ayuda a la construcción de
viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes” del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre.
Una vez cedido a la Administración Regional por parte del Ayuntamiento de Plasencia, el suelo
susceptible de acogerse al citado Programa 6, para su desarrollo, la Comunidad Autónoma
mediante licitación pública, por procedimiento de concurrencia competitiva, transmitirá el
derecho de superficie de dicho suelo a promotores privados interesados y que se presenten en
el concurso público del contrato de constitución de derecho de superficie a título gratuito sobre
dicho suelo para la construcción y explotación de viviendas de protección pública en régimen
de alquiler a precios asequibles en edificios energéticamente eficientes, todo ello al objeto de
fomentar el parque de alquiler de viviendas en la localidad a precio accesible (6,04 €/m2/mes
vivienda y 3,63€/m2/mes para plazas de garajes y trasteros), resultando, por tanto, útil y
beneficiosa para los habitantes de la localidad, máxime teniendo en cuenta las carencias
actualmente existentes en materia de vivienda; quedando patente, por lo tanto, su oportunidad,
conveniencia y utilidad pública, facilitando el cumplimiento constitucional del derecho a una
vivienda digna, favoreciendo el acceso a la misma de los jóvenes y de las clases menos
favorecidas de la ciudad.
SEGUNDO.- El plazo de duración del derecho de superficie, que comprenderá el plazo de
ejecución de las obras de construcción de las viviendas y el plazo de explotación de las
mismas, será de 54 años, a contar desde la fecha de inscripción de la escritura pública en el
CVE:
BOP-2022-6148
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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