Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2022-6125)
BOP-2022-6125 Convocatoria y bases, para la estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso (Dos plazas de Auxiliar de Redacción (RTV).
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Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del siguiente
a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE),
una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Cáceres.
4. Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la causa de exclusión de éstos últimos, que se hará
pública en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Cáceres y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
y en la página web del Ayuntamiento: https://sedemiajadas.eadministracion.es, concediéndose un plazo de
10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones, a partir del siguiente a la publicación del
BOP.
Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en resolución de alcaldía, por la que se
aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín Oficial
de la Provincia (BOP) de Cáceres, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en la página web del
Ayuntamiento: https://sedemiajadas.eadministracion.es.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos
de la realización de las pruebas. Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las
mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal
Calificador y la fecha, lugar y hora de celebración del concurso en el que consistirá el proceso selectivo.
Contra las resoluciones a que se refieren las presentes bases, así como contra aquellas otras que resuelvan
la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción o cualquiera otro que se estime oportuno.
5. Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
1. Presidente: Un empleado público, nombrado por Alcaldía.
2. Secretario: El de la Corporación o, en su defecto, empleado público en quien delegue.
3. Vocales:
a. Un empleado público al servicio de la Junta de Extremadura.
b. Tres empleados públicos, nombrados por Alcaldía.
Todos los miembros anteriores habrán de poseer como mínimo un nivel de titulación igual o superior al
exigido para el ingreso en el cuerpo, escala o categoría profesional objeto de cobertura.
En el supuesto de que alguno de los organismos que han de designar representante, no lo efectúe en el
plazo que por la Alcaldía se les fije para ello, implicará la renuncia a este derecho y el Tribunal habrá de
constituirse con los restantes miembros.
Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de
acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la
de la mitad al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
Documento
Firmado
Electrónicamente
-
CSV:076A57BE-0B29-4C3C-9150-C5D6A81FED40-731463
CVE:
BOP-2022-6125
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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