Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2022-6118)
BOP-2022-6118 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, plaza Auxiliar Ayuda a Domicilio.
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AYUNTAMIENTO DE CEDILLO (Cáceres)
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BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR CON
CARÁCTER LABORAL FIJO UNA PLAZA DE AUXILIAR AYUDA A
DOMICILIO MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS EN EL MARCO DEL
PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO
TEMPORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CEDILLO
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de las presentes bases la regulación de los aspectos comunes para la convocatoria
y proceso de selección de personal laboral fijo, mediante procedimiento de estabilización de
empleo temporal de la Disposición Adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
Diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo, aprobada por
Resolución de Alcaldía nº 137, de fecha 26 de Mayo de 2022, y publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia nº 102 de fecha 31 de Mayo de 2022 (Rectificación de erro BOP de
fecha 08/11/2022)
Las características de la plaza estructural vacante son:
Denominación de la plaza Auxiliar Ayuda a Domicilio
Régimen Laboral
Titulación exigible Estar en posesión de algún certificado de
profesionalidad que acredite la cualificación
como asistente domiciliario (especificados
en la base segunda)
Nº Vacantes 1
Sistema de selección Concurso
Fecha desde que está cubierta temporal e
ininterrumpidamente
Anterior al 01 de Enero de 2016
SEGUNDA.- CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes
requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de Octubre:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
Cód.
Validación:
ARPKFMXWPNL9MANA62LYZ4J32
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Verificación:
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desde
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Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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