Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2022-6109)
BOP-2022-6109 Convocatoria para la provisión de una plaza de Conductor/a en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
DÉCIMA .- Presentación de documentos
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia, los/as
aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
sus descendientes o los/as descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del/a español/a
o del/a nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
c) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de
su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y
categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
d) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada
base específica.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en
falsedad en relación con los mismos, no podrá ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido
por falsedad en sus solicitudes de participación.
CVE:
BOP-2022-6109
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
Pág. 27562
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
DÉCIMA .- Presentación de documentos
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia, los/as
aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
sus descendientes o los/as descendientes del cónyuge, de españoles/as o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del/a español/a
o del/a nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
c) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de
su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y
categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
d) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada
base específica.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en
falsedad en relación con los mismos, no podrá ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido
por falsedad en sus solicitudes de participación.
CVE:
BOP-2022-6109
Verificable
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Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
Pág. 27562