Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2022-6107)
BOP-2022-6107 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar adminsitrativo/a en aplicación de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de 2021
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
C/ El Enrollao s/n, Roturas de Cabañas. 10373 (Cáceres). Tfno. 927151205. Fax: 927151224
No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden alegados y acreditados en el plazo y forma
anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de
documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.
QUINTA.- Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en los
artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando formados por
los/as titulares que a continuación se indican y sus correspondientes suplentes:
- Presidente/a: Un/a empleado/a público/a, designado/a por el Sr. Alcalde y su correspondiente
suplente.
- Vocales: Tres empleados/as públicos/as de los cuales uno/a será designado/a por el órgano
competente en Administración Local de la Junta de Extremadura, y su correspondiente suplente y otro
por la Excma. Diputación provincial de Cáceres.
- Secretario/a: Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto, y su correspondiente suplente.
Los Tribunales de selección serán designados por Resolución de la Alcaldía, en las que se especificará
de forma concreta las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en
los últimos dos años.
El personal funcionario interino o laboral temporal.
El personal eventual.
El personal directivo profesional. Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas.
Todos/as los/as miembros del Tribunal deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida
para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo.
CVE:
BOP-2022-6107
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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