Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6104)
BOP-2022-6104 Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres Año 2023.
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Garantía de buen funcionamiento: Regulando los requisitos, baremos, competencias,
mecanismos de participación, de control y evaluación de la rentabilidad de las subvenciones.
Igualdad: Este principio supone la igualdad de trato entre mujeres y hombres, la ausencia de
toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.
3. MARCO NORMATIVO.
El marco normativo básico en el que se encuadra el Plan Estratégico de Subvenciones se
encuentra constituido por:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº.276, de 18 de
noviembre de 2003).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº.176, de 25 de julio de
2006).
- Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres
(BOP nº 0184, de 26 de septiembre de 2022).
- Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres.
4. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El ámbito de aplicación de este Plan abarca a la totalidad de la Administración Provincial,
integrada por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, y su Organismo Autónomo, en la
medida en que las subvenciones que otorguen sean consecuencia del ejercicio de potestades
administrativas. En consecuencia, el Plan engloba las líneas de subvenciones a otorgar con
cargo a partidas del Presupuesto General de la Corporación.
El Plan abarca a todas las subvenciones en su conjunto, con independencia de su carácter
nominativo o no y de los procedimientos de concesión y gestión que les deban resultar de
aplicación.
Conforme a la redacción dada en la Disposición Final 8ª de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, por la que se modificó, con vigencia
indefinida el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, según la cual no se incorporan al PES, por no encontrarse comprendidas en el
ámbito de aplicación de esta Ley, las transferencias o aportaciones consignadas en el
Presupuesto de la Corporación a favor de sus sociedades mercantiles, fundaciones,
CVE:
BOP-2022-6104
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
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