Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6104)
BOP-2022-6104 Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres Año 2023.
15 páginas totales
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El Área de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales podrá recabar la colaboración de los
distintos órganos directivos y unidades administrativas, para desarrollar sus atribuciones en
materia de seguimiento y evaluación.
Por otra parte, en materia de evaluación, desde el Área de Hacienda y Asistencia a Entidades
Locales se indicará a cada centro gestor, el procedimiento y documentos necesarios para su
realización.
17. CARÁCTER Y EFECTOS.
El contenido del Plan Estratégico es de carácter programático y no crea, por sí mismo,
derechos ni obligaciones entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y los/las
interesados/as, posibles solicitantes o beneficiarios/as. Su efectividad se condiciona a la puesta
en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo a condicionantes tales como las
disponibilidades presupuestarias y su ajuste a los objetivos de estabilidad presupuestaria
fijados por la normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 12.3 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
No podrán ser aprobadas líneas de subvenciones no previstas en el presente Plan, Estratégico
o en modificaciones posteriores, en su caso, salvo que se justifique debidamente la necesidad
ineludible de hacer frente a una actividad de fomento de utilidad pública o de interés social,
económico o humanitario. En estos casos, la Presidencia, en su condición de órgano
competente para aprobar el presente PES, deberá pronunciarse expresamente sobre la
modificación del mismo.
18. ACTUACIONES.
A continuación se relacionan las líneas de actuación propuestas por las Áreas funcionales de la
Diputación.
Cáceres, 19 de diciembre de 2022
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2022-6104
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
N.º 0242
Pág. 27504
distintos órganos directivos y unidades administrativas, para desarrollar sus atribuciones en
materia de seguimiento y evaluación.
Por otra parte, en materia de evaluación, desde el Área de Hacienda y Asistencia a Entidades
Locales se indicará a cada centro gestor, el procedimiento y documentos necesarios para su
realización.
17. CARÁCTER Y EFECTOS.
El contenido del Plan Estratégico es de carácter programático y no crea, por sí mismo,
derechos ni obligaciones entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y los/las
interesados/as, posibles solicitantes o beneficiarios/as. Su efectividad se condiciona a la puesta
en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo a condicionantes tales como las
disponibilidades presupuestarias y su ajuste a los objetivos de estabilidad presupuestaria
fijados por la normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 12.3 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
No podrán ser aprobadas líneas de subvenciones no previstas en el presente Plan, Estratégico
o en modificaciones posteriores, en su caso, salvo que se justifique debidamente la necesidad
ineludible de hacer frente a una actividad de fomento de utilidad pública o de interés social,
económico o humanitario. En estos casos, la Presidencia, en su condición de órgano
competente para aprobar el presente PES, deberá pronunciarse expresamente sobre la
modificación del mismo.
18. ACTUACIONES.
A continuación se relacionan las líneas de actuación propuestas por las Áreas funcionales de la
Diputación.
Cáceres, 19 de diciembre de 2022
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2022-6104
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de diciembre de 2022
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