Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2022-6082)
BOP-2022-6082 Bases convocatoria proceso de estabilización personal laboral.
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Heliodoro Hernández, 21 - C.P. 10617 - Tfno: 927 175066 - Fax: 175178 - C.I.F. P-1018800-A
9.2. Contra la propuesta del Tribunal Calificador que culmine el proceso selectivo,
las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Alcalde del
Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde la exposición del anuncio con la propuesta
del Tribunal en el tabón de edictos del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto
en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de ejercitar
cualquier otro que estimen oportuno.
9.3. En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de
funcionario o personal laboral fijo de un número superior de aprobados al de plazas
convocadas.
No obstante, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento
de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante
podrá requerir al órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionario o personal
laboral fijo.
Base décima: Presentación de documentos.
10.1 La persona aspirante aprobada y propuesta para contratación dispondrá de un
plazo de 10 días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados/as
para presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento los documentos originales
para su cotejo que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en la
Base tercera.
10.2. Si dentro del plazo indicado la persona aspirante no presentara la
documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser contratado en la
categoría y servicio a la que opta, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
solicitud inicial.
Base undécima: Propuesta final y contratación.
Una vez elaborada la lista definitiva se elevará al Alcalde-Presidente la propuesta
final para la contratación, como funcionario con la categoría de Auxiliar Administrativo
de Administración General, de aquella persona aspirante que haya obtenido plaza. El
número de personas aspirantes propuestas no podrá ser superior al número de plazas
convocadas.
La persona aspirante aprobada y propuesta, en el caso de ser la que estabilice, lo
hará en las mismas condiciones y circunstancias.
La contratación se hará efectiva en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la notificación del Decreto de la Alcaldía, en virtud de las condiciones
publicadas en la relación de puesto de trabajo vigente en el momento de la contratación.
Base décimo segunda: Obligaciones de las personas contratadas.
La persona aspirante que hubiera sido contratada dentro del plazo establecido, se
incorporará como empleada/o público del Excmo. Ayuntamiento de El Torno a todos
los efectos, en la categoría y servicio a la que han optado, debiendo desempeñar con
diligencia las tareas que le sean asignadas y velar por los intereses generales con
sujeción y observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, y
deberán actuar conforme a los principios que inspiran el Código de Conducta de los
CVE:
BOP-2022-6082
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 27408
Heliodoro Hernández, 21 - C.P. 10617 - Tfno: 927 175066 - Fax: 175178 - C.I.F. P-1018800-A
9.2. Contra la propuesta del Tribunal Calificador que culmine el proceso selectivo,
las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Alcalde del
Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde la exposición del anuncio con la propuesta
del Tribunal en el tabón de edictos del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto
en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de ejercitar
cualquier otro que estimen oportuno.
9.3. En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de
funcionario o personal laboral fijo de un número superior de aprobados al de plazas
convocadas.
No obstante, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento
de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la
cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante
podrá requerir al órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que
sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionario o personal
laboral fijo.
Base décima: Presentación de documentos.
10.1 La persona aspirante aprobada y propuesta para contratación dispondrá de un
plazo de 10 días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados/as
para presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento los documentos originales
para su cotejo que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en la
Base tercera.
10.2. Si dentro del plazo indicado la persona aspirante no presentara la
documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser contratado en la
categoría y servicio a la que opta, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
solicitud inicial.
Base undécima: Propuesta final y contratación.
Una vez elaborada la lista definitiva se elevará al Alcalde-Presidente la propuesta
final para la contratación, como funcionario con la categoría de Auxiliar Administrativo
de Administración General, de aquella persona aspirante que haya obtenido plaza. El
número de personas aspirantes propuestas no podrá ser superior al número de plazas
convocadas.
La persona aspirante aprobada y propuesta, en el caso de ser la que estabilice, lo
hará en las mismas condiciones y circunstancias.
La contratación se hará efectiva en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la notificación del Decreto de la Alcaldía, en virtud de las condiciones
publicadas en la relación de puesto de trabajo vigente en el momento de la contratación.
Base décimo segunda: Obligaciones de las personas contratadas.
La persona aspirante que hubiera sido contratada dentro del plazo establecido, se
incorporará como empleada/o público del Excmo. Ayuntamiento de El Torno a todos
los efectos, en la categoría y servicio a la que han optado, debiendo desempeñar con
diligencia las tareas que le sean asignadas y velar por los intereses generales con
sujeción y observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, y
deberán actuar conforme a los principios que inspiran el Código de Conducta de los
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N.º 0241
Pág. 27408