Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6070)
BOP-2022-6070 Convocatoria cobertura en propiedad de dos plazas de Peón Albañil, personal laboral, mediante concurso de méritos por el turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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por cuenta propia.
El importe neto de las subvenciones a la actividad agraria.
Otras rentas
Las plusvalías o ganancias patrimoniales derivadas de la venta de bienes muebles
e inmuebles excepto el de la vivienda habitual.
Premios de lotería o similares.
El rendimiento presunto del patrimonio, fondos de inversión o planes de
jubilación, aplicando a su valor el tipo de interés legal del dinero vigente.
2) Bonificaciones a favor de personas desempleadas.
Las personas que se encuentren en situación de desempleo, debidamente inscritas
en el Centro de Empleo correspondiente a la fecha de expiración del plazo de presentación
de instancias, tendrán derecho a una bonificación del 50% por derechos de examen en
estas pruebas selectivas. (La condición de estar en desempleo se acredita con certificación
o informe expedidos por el Servicio Público de Empleo competente).
CUARTA. ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes
manifiesten en sussolicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en
la base segunda de la convocatoria, referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las personas aspirantes
admitidas y excluidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, indicando
que la lista certificada de aspirantes estará expuesta tanto en el tablón de anuncios de la
sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, como dentro del apartado Ofertas de
Empleo https://sede.caceres.es.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de diez
días hábiles para la subsanación de defectos y posibles reclamaciones, en los términos
establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, aquellos/as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que
motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas
CVE:
BOP-2022-6070
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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