Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6062)
BOP-2022-6062 Convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Educador/a Social Programa de Familia, Personal Laboral, mediante el sistema de concurso de méritos por el turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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Serán valorados los cursos de formación impartidos por el Ayuntamiento de Cáceres y/o el
Organismo Autónomo que corresponda, para los que el empleado/a haya sido autorizado/a a su
asistencia, cualquiera que sea su contenido, que serán certificados de oficio por el Departamento
de Formación del Ayuntamiento de Cáceres.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa
cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación impartida o recibida se acreditará mediante diplomas o certificados originales o
copia de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las actividades
formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con
criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten con claridad los días concretos de
celebración de la acción formativa. En caso de que en las acreditaciones de las actividades
formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta
éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o
más horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirantecualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
.
Por asistir a cursos o actividades formativas y/o impartidas.
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 20 puntos.
Actividades formativas realizadas y/o impartidas en las que no se especifique número de horas, se
valorarán con 0,60 puntos por cada actividad formativa
Se valorarán con 2 puntos por cada crédito de cada una de las demás actividades formativas
realizadas y/o impartidas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
La valoración del mérito de formación impartida deberá acreditarse mediante original o copia de
la certificación que exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad
formativa y en la que se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas,
las direcciones, las colaboraciones, ni las tutorías.
CVE:
BOP-2022-6062
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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