Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6059)
BOP-2022-6059 Convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Ordenanza, Personal Funcionario, sistema concurso de méritos, turno libre. Proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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Por asistir a cursos o actividades formativas y/o impartidas.
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 20 puntos.
Actividades formativas realizadas y/o impartidas en las que no se especifique número de
horas, se valorarán con 0,60 puntos por cada actividad formativa
Se valorarán con 2 puntos por cada crédito de cada una de las demás actividades formativas
realizadas y/o impartidas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito
con 10 horas.
La valoración del mérito de formación impartida deberá acreditarse mediante original o
copia de la certificación que exprese que se ha participado como docente en una determinada
actividad formativa y en la que se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose
las prácticas, las direcciones, las colaboraciones, ni las tutorías.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto
las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su
valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de
duración.
b.2) Titulación
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 3 puntos
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida o de otra titulación de
igual nivel a la exigida, para el ingreso en cada uno de los Grupos de clasificación profesional
del artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Púbico, conforme al siguiente rango:
Subgrupos C1, C2 y Grupo E/AP:
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 3 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que
CVE:
BOP-2022-6059
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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