Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6050)
BOP-2022-6050 Convocatoria para la cobertura en propiedad de 2 plazas de Técnico/a de Administración General, Personal Funcionario, concurso por el turno libre. Proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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- Formación relacionada con el Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
- Formación relacionada con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Formación relacionada con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público.
-. Prevención de riesgos laborales.
Serán valorados los cursos de formación impartidos por el Ayuntamiento de Cáceres y/o el
Organismo Autónomo que corresponda, para los que el empleado/a haya sido autorizado/a a
su asistencia, cualquiera que sea su contenido, que serán certificados de oficio por el
Departamento de Formación del Ayuntamiento de Cáceres.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación impartida o recibida se acreditará mediante diplomas o certificados originales
o copia de los mismos en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de
acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten con claridad los días
concretos de celebración de la acción formativa. En caso de que en las acreditaciones de las
actividades formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se
tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre y cuando dichas actividades
formativas tengan diez o más horas de duración.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, lasprácticas,
colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y
similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
.
Por asistir a cursos o actividades formativas y/o impartidas.
La máxima puntuación a obtener en este subapartado será de 20 puntos.
Actividades formativas realizadas y/o impartidas en las que no se especifique número de
horas, se valorarán con 0,60 puntos por cada actividad formativa
CVE:
BOP-2022-6050
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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