Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6048)
BOP-2022-6048 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas para cobertura en propiedad de una plaza de Guarda de Jardines, mediante el sistema de oposición libre.
16 páginas totales
Página
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que
motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en
la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las
pruebas.
En el término de quince días hábiles desde que termine el plazo de subsanación
de errores y reclamaciones se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón
de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, así como dentro del
apartado Ofertas de Empleo https://sede.caceres.es resolución elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes, incluyendo en su caso a los/as excluidos/as que hayan
subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora
del comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición y en su caso el orden de
actuación de las personas aspirantes.
CUARTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal Calificador, que se clasifica en la categoría 3ª del Anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, en su composición a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, estando
constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, todos ellos
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con nivel de titulación igual o superior
al exigido para la plaza objeto de la presente convocatoria, resultando de la siguiente
forma:
Presidencia:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos/as designados/as por la Alcaldía.
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación
correspondiente recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo
CVE:
BOP-2022-6048
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 26664