Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6048)
BOP-2022-6048 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas para cobertura en propiedad de una plaza de Guarda de Jardines, mediante el sistema de oposición libre.
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TERCERA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN.
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en
el formulario de solicitud al que se accederá a través de la página web del Ayuntamiento
de Cáceres, así como en su sede electrónica https://sede.caceres.es.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que los/as
aspirantes deberán consignar nombre y apellidos, domicilio, teléfono y número del
Documento Nacional de Identidad y manifestar que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de
expiración del plazo señalado para la presentación de las mismas, se dirigirán al Ilmo. Sr.
Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y se presentarán:
- En el Registro General o Auxiliares de éste, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es.
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA)
o el propio Registro Electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es.
durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha
de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, cuyo anuncio deberá
contener la fecha y número del boletín o diario oficial en que se han publicado las bases.
La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la
aspirante.
Junto con la solicitud se deberá adjuntar resguardo del pago de los derechos de
examen, dentro del plazo previsto para la presentación de instancias.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
deberán indicar expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones
en tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo
reflejar las necesidades específicas que tiene para acceder al proceso de selección en
igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones
solicitadas, se recabará del/a candidato/a el correspondiente certificado o información
adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos
casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9 del
Decreto111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que
se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
El Tribunal oirá al/a interesado/a, y pedirá asesoramiento y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos y asociaciones competentes.
CVE:
BOP-2022-6048
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
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