Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6039)
BOP-2022-6039 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Proyectos de Igualdad entre hombres y mujeres y Proyectos de Acción Social.
13 páginas totales
Página
Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente con carácter previo a
la publicación de la presente convocatoria.
Tener sede o delegación permanente en algún municipio de la provincia de Cáceres y así
conste en los estatutos o se acredite fehacientemente.
No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
Haber justificado los gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones recibidas de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres en años anteriores.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las
tributarias con Hacienda Estatal y Excma. Diputación de Cáceres. Dichas certificaciones
podrán ser acreditadas por la parte solicitante o recabadas por la Diputación Provincial previa
autorización firmada.
Y, además no encontrarse incursa en ninguna prohibición para obtener la condición de
beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
Como requisitos específicos de cada línea:
LÍNEA 1. PROYECTOS DE IGUALDAD.
Tener como objetivo o entre sus fines institucionales de manera expresa en sus Estatutos, la
Igualdad de Oportunidades y/o Trato de mujeres y hombres.
LÍNEA 2. PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL.
Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades y Centros de Servicios
Sociales de la Junta de Extremadura correspondiente con carácter previo a la publicación de la
presente convocatoria.
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el art. 14 de la Ley General de
Subvenciones y en el art. 8 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres, y además:
Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida. Las
entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad y/o el
proyecto han sido subvencionados por la Diputación de Cáceres. Para ello deberán hacer
constar la colaboración mediante la disposición del texto “en colaboración con la Diputación
Provincial de Cáceres y el logotipo de la Excma. Diputación, en todo el material documental
(gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada o, en su
caso, deberán publicar en su página Web (o tablón de anuncios, en su defecto) nota
informativa con el proyecto subvencionado.
CVE:
BOP-2022-6039
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 26584