Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6038)
BOP-2022-6038 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Proyectos de Igualdad entre hombres y mujeres y Proyectos de Acción Social.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información, podrá
adjuntarlo bajo la denominación de “documento adicional”.
Todos los documentos normalizados, con independencia del carácter de los mismos, para la correcta
cumplimentación de la solicitud estarán disponibles en la sede electrónica, tanto en la ficha descriptiva de la
convocatoria como en los formularios electrónicos que se deban cumplimentar.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los requisitos que se
definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias digitalizadas de los documentos, y
la Diputación generará y almacenará los correspondientes códigos de huella digital, identificativos fielmente
del contenido presentado por la entidad solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales
asociadas será firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera llevarse a
cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del documento o de la
información original.
Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que impida acceder a la
subvención así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo
de la tramitación del expediente electrónico a través del registro electrónico.
FIRMA DE LA SOLICITUD.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente por quien ostente la
representación legal de la entidad que realiza la misma, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de los solicitantes, y en su caso, la autenticidad e
integridad de los documentos electrónicos.
No se permitirá la firma del procedimiento si la entidad solicitante no hubiese cumplimentado alguna
información obligatoria o no hubiese adjuntado los documentos obligatorios señalados en la presente
convocatoria.
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de la entidad interesada para
recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente
electrónico a través del sistema de notificaciones de la Diputación, y podrá autorizar a la persona de contacto
referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta de la persona solicitante), para que sea incluida como
interesada del procedimiento, a efectos de notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad, deberá
subsanar este aspecto en el plazo indicado para ello en la Base Octava, apartado Instrucción.
CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN
De conformidad con el artículo 53.1 de la Ley 39/2015 las personas que ostenten la representación legal o
estén autorizadas, previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán consultar el
PRESIDENCIA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2022-6038
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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adjuntarlo bajo la denominación de “documento adicional”.
Todos los documentos normalizados, con independencia del carácter de los mismos, para la correcta
cumplimentación de la solicitud estarán disponibles en la sede electrónica, tanto en la ficha descriptiva de la
convocatoria como en los formularios electrónicos que se deban cumplimentar.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los requisitos que se
definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias digitalizadas de los documentos, y
la Diputación generará y almacenará los correspondientes códigos de huella digital, identificativos fielmente
del contenido presentado por la entidad solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales
asociadas será firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera llevarse a
cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del documento o de la
información original.
Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que impida acceder a la
subvención así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo
de la tramitación del expediente electrónico a través del registro electrónico.
FIRMA DE LA SOLICITUD.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente por quien ostente la
representación legal de la entidad que realiza la misma, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de los solicitantes, y en su caso, la autenticidad e
integridad de los documentos electrónicos.
No se permitirá la firma del procedimiento si la entidad solicitante no hubiese cumplimentado alguna
información obligatoria o no hubiese adjuntado los documentos obligatorios señalados en la presente
convocatoria.
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de la entidad interesada para
recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente
electrónico a través del sistema de notificaciones de la Diputación, y podrá autorizar a la persona de contacto
referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta de la persona solicitante), para que sea incluida como
interesada del procedimiento, a efectos de notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostente la representación legal de la entidad, deberá
subsanar este aspecto en el plazo indicado para ello en la Base Octava, apartado Instrucción.
CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN
De conformidad con el artículo 53.1 de la Ley 39/2015 las personas que ostenten la representación legal o
estén autorizadas, previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán consultar el
PRESIDENCIA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2022-6038
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 26557