Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2022-6033)
BOP-2022-6033 Bases y Convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, plaza de Auxiliar Administrativo/a.
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Ayuntamiento de Pescueza
puntos.
—B.1.2.: Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal
funcionario interino en plazas de igual categoría, o personal laboral temporal de la
misma categoría profesional que la plaza convocada: 0,10 puntos por mes completo de
servicio,
-B.1.3.: Servicios prestados en otras Administraciones Públicas diferentes a la local,
como personal funcionario interino en plazas de igual categoría, o personal laboral
temporal de la misma categoría profesional que la plaza convocada: 0,08 puntos por
mes completo de Servicio.
B.2 Méritos académicos u otros méritos, que supondrán como máximo un 40% de
la valoración de la fase de concurso; por tanto, hasta 16 puntos.
—B.2.1.: Por la posesión de titulación de nivel superior a la requerida como requisito en
esta convocatoria, es decir, el Título de Bachiller Superior o título en Ciclo de Formación
Profesional de Grado Medio, o titulación de estudios equivalentes: 8 puntos.
-B.2.2.: Por los cursos de formación recibidos, en el marco del Acuerdo de Formación
para el empleo o de los Planes para la Formación Continua del Personal de las
Administraciones Públicas orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala
o en la categoría profesional a la que se desea acceder (máximo 8 puntos). Valorables
a juicio del Tribunal por guardar relación con las funciones propias del puesto de
trabajo objeto de la convocatoria, siempre que tengan una duración mínima de 5 horas
y hayan sido realizados con posterioridad al 1 de enero de 2010 se puntuarán de la
siguiente forma:
Hasta la suma de 100 horas de curso 2 puntos
Hasta la suma de 200 horas de curso 4 puntos
Hasta la suma de 250 horas de curso 5 puntos
Más de 250 horas de curso 8 puntos
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma
escrita, es decir documentalmente y de forma fehaciente. En ningún caso se
valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se
calculará en cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de
tal manera que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero,
despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una
reducción de jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados
como servicios prestados en régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a
tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Mínima documentación exigida para la acreditación de méritos:
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración
deberán alegarse con indicación de los periodos de prestación de servicios, lo que será
comprobado por el propio Ayuntamiento.
Los servicios prestados en otras administraciones distintas al
Ayuntamiento de Pescueza , se acreditarán mediante copia auténtica del certificado
Cód.
Validación:
AGNR5S7FWDXATANWQRXMYFM9C
|
Verificación:
https://pescueza.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de diciembre de 2022
N.º 0240
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