Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6014)
BOP-2022-6014 EXTRACATO. Normas Reguladoras de la convocatoria de ayudas " Diputación Integra VI 2023" para la creación de empleo para personas con discapacidad.
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Deberá realizarse como mínimo una contratación por la Entidad Local que resulte beneficiaria.
El importe designado se concede por cada doce meses de contratación efectuada en el marco
de esta convocatoria, pudiendo ser realizadas contrataciones de duración inferior, en los casos
en que así lo aconsejen las circunstancias de las personas a contratar, en cuyo caso la
aportación de esta Diputación será proporcional a la duración de dichas contrataciones, con
independencia del porcentaje de jornada laboral que estas supongan. En este caso podrán
simultanearse varias contrataciones de menor duración, teniendo en cuenta que se
subvencionará un máximo de doce meses de contratación en total.
Las personas beneficiarias de las contrataciones han de ser seleccionadas por las Entidades
Locales siempre según las necesidades y criterios técnicos establecidos por la persona
especialista de la asociación de discapacidad asociada al municipio.
En base a estos criterios, se llevarán a cabo las adaptaciones laborales necesarias en cuanto a
flexibilización de tareas, espacios, horarios, mobiliario, etc, teniendo en cuenta que el proceso
de adaptación es continuo y no puntual, acudiendo así a su asociación de referencia siempre
que haya que hacer alguna adaptación adicional.
Para garantizar el éxito de integración sociolaboral, se seguirán los pasos de acogida y
seguimiento que establezca la persona especialista de la asociación de referencia, así como se
dedicarán los recursos y el tiempo necesario para la formación específica de la persona
trabajadora.
Por otro lado, el método de selección deberá cumplir los criterios de transparencia, publicidad e
igualdad de oportunidades.
Ninguna contratación formalizada bajo esta Convocatoria tendrá ninguna relación laboral con la
Diputación de Cáceres.
PLAZOS. El plazo de ejecución para la realización del objeto de la subvención será desde el 1
de enero de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024.
Podrá optarse por prorrogar los contratos ya existentes del período anterior o realizar nuevas
contrataciones, teniendo en cuenta que la subvención sólo podrá aplicarse a doce meses de
contratación como máximo.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los correspondientes pagos
podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.
CVE:
BOP-2022-6014
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de diciembre de 2022
N.º 0240
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