Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6014)
BOP-2022-6014 EXTRACATO. Normas Reguladoras de la convocatoria de ayudas " Diputación Integra VI 2023" para la creación de empleo para personas con discapacidad.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. EXTRACATO. Normas Reguladoras de la convocatoria de ayudas "
Diputación Integra VI 2023" para la creación de empleo para personas con
discapacidad.
TextoES: BDNS(Identif.):664389
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/664389).
OBJETO. El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el
marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión
de subvenciones públicas a través de esta convocatoria de ayudas, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 22.2.c) de la LGS, el art 21 de la OGS y en la Base 41 de las de
Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2022, habiéndose previsto que esta subvención se
lleve a cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta y tramitación
anticipada, de acuerdo con el art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por
lo que la concesión de las ayudas previstas queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento de la Resolución de concesión de las mismas.
La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las
Entidades beneficiarias, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la Norma
Novena de las presentes Normas Reguladoras.
ENTIDADES DESTINATARIAS. Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, ser
beneficiarias, las Entidades locales de la provincia de Cáceres de menos de 20.000 habitantes
y Entidades Locales Menores, que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para
obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo
CVE:
BOP-2022-6014
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de diciembre de 2022
N.º 0240
Pág. 26452