Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de San Román. (BOP-2022-6007)
BOP-2022-6007 Proceso de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de San Román
Denominación de la plaza Auxiliar Ayuda
Domicilio
Régimen Laboral
Unidad/Área/Escala/Subescala Administración
Especial/Subescala
Servicios especiales
Grupo/Subgrupo/Categoría profesional C/ C 2/Personal de oficios
N.º de vacantes 1
Sistema de selección Concurso
Jornada ½ jornada-(4 horas)
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento
que acredite las condiciones que se alegan.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida para cada puesto de trabajo :
Administrativo
Subgrupo C1
• Título de Bachiller o de Técnico/a o titulación equivalente, de acuerdo con lo establecido en
la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7
de marzo, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación.
Oficial Encargado de servicios
Subgrupo C2.
CVE:
BOP-2022-6007
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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