Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5981)
BOP-2022-5981 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Técnico de Dinamización y Gestión de Proyectos. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
B.1. Formación: Máximo 2,50 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u
otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que
se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Serán valorados los cursos de formación impartidos por la Diputación Provincial de Cáceres y
por el OARGT, para los que el empleado/a haya sido autorizado/a a su asistencia, cualquiera que sea
su contenido, que serán certificados de oficio por el Departamento de Formación de la Diputación de
Cáceres.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa
cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de
las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo
con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de
celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad
formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10
puntos.
Por impartir cursos o actividades formativas: Máximo 0,50 puntos:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
CVE:
BOP-2022-5981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
Pág. 26226
B.1. Formación: Máximo 2,50 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones
Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u
otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que
se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
Serán valorados los cursos de formación impartidos por la Diputación Provincial de Cáceres y
por el OARGT, para los que el empleado/a haya sido autorizado/a a su asistencia, cualquiera que sea
su contenido, que serán certificados de oficio por el Departamento de Formación de la Diputación de
Cáceres.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa
cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la duración de
las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo
con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de
celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad
formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10
puntos.
Por impartir cursos o actividades formativas: Máximo 0,50 puntos:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
CVE:
BOP-2022-5981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
Pág. 26226