Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5980)
BOP-2022-5980 Convocatoria para la provisión de una plaza de Operario/a. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
B.2. Titulación: Máximo 0,5 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B.3. Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 0,50 puntos.
Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el
Instituto de Lenguas Modernas u otro organismo oficial reconocido, de acuerdo con el siguiente
baremo:
0.1.Nivel B1: 0,30 puntos.
0.2.Nivel B2: 0,35 puntos.
0.3.Nivel C1: 0,45 puntos.
0.4.Nivel C2: 0,50 puntos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con
anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la
misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
En las actas del órgano calificador, deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.2. El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos de manera
que la suma de las calificaciones se dividirá entre el número de los que las hubieran otorgado,
siendo el cociente la calificación definitiva. El ejercicio será ponderado a 15 puntos una vez
realizada la valoración establecida anteriormente.
CVE:
BOP-2022-5980
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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