Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5976)
BOP-2022-5976 Convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial de Carpintería. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los
manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de
homogeneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida
en el Área de Personal, Formación y SEPEI, en las dependencias administrativas del Servicio de
Personal e Inspección de servicios, en el Negociado de Selección y Provisión, ubicado en la
segunda planta del Palacio Provincial, en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en el ejercicio, si no puede realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos a partir de la letra “T”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 9-2-2022) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la
resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar
de comienzo del ejercicio. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco
días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico.
Supletoriamente, se utilizará el más reciente orden alfabético determinado para la
actuación de aspirantes en procesos selectivos convocados por la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de
su condición, con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de
julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
CVE:
BOP-2022-5976
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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