Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5971)
BOP-2022-5971 Convocatoria para la provisión de siete plazas de Conductores/as-Bomberos/as. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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ÁREA DE PERSONAL
DEPARTAMENTO DE PROVISIÓN Y SELECCIÓN DE
RECURSOS HUMANOS
acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al
interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de la convocatoria en el
BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen:
Los derechos de examen se abonarán a tráves de la pasarela de pago a la que se accede
automáticamente una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica.
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el
resguardo que justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600
3000 4395 la cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-2014),
donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en lo referido a las
causas de excención de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de
“Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de los
requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como desempleados/as
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las convocatorias en el
B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los
servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe de periodo
ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.
3.3.3. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de
alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes, quedando excluidos de forma definitiva en caso contrario.
CVE:
BOP-2022-5971
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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