Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2022-5960)
BOP-2022-5960 Convocatoria para la provisión de una plaza de DUE, una plaza de Fisioterapeuta y 1 plaza de Terapeuta Ocupacional mediante concurso. Plan de estabilización empleo.
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el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado éste, sí hayan
obtenido la puntuación de 1 puntos (procedimiento de concurso), ordenados
según dicha puntuación obtenida.
Los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación que vendrá
determinado por la suma de la puntuación obtenida que se establezca en la
convocatoria de la bolsa correspondiente.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este
Ayuntamiento será por: puntuación obtenida en este proceso. Tendrá preferencia
el aspirante que figura en primer lugar de la lista de orden de la bolsa. Cada
convocatoria por grupos de función, establecerá los tiempos y el funcionamiento.
La bolsa debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente
en la sede electrónica municipal
DÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
UNDÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con
lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá
interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante
la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, a partir del día siguiente al
de publicación de su anuncio en Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo; la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que
se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
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Cód.
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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