Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2022-5951)
BOP-2022-5951 Proceso extraordinario de estabilización plaza de Peón de Servicios Múltiples.
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A.2) Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones de la plaza o puesto
a cubrir en la administración convocante como personal funcionario interino o personal
laboral temporal en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de
titulación que el de las plazas convocadas: 0,30 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 80 puntos.
A.3) Por los servicios prestados desempeñando funciones propias de la plaza o puesto a
cubrir en otras administraciones públicas, incluidas el resto de administraciones locales,
como personal funcionario interino o personal laboral temporal en plazas de igual
denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas: 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo de 80 puntos.
Mes completo se considera 30 días naturales, despreciándose los decimales.
Los méritos referentes a experiencia Profesional se acreditarán mediante certificación emitida
por la persona responsable de la unidad administrativa en la que hubiera prestado sus
servicios, en la cual deberán constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario/a, estatutario/a).
- Feche de inicio y fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación.
Si esta certificación debiera ser expedida por el Ayuntamiento de La Granja, la persona
solicitante no deberá aportarla, siendo el propio Ayuntamiento quien lo aporte de oficio al
procedimiento como si lo hubiera presentado la propia persona interesada, y con carácter
previo en el que se valoren los méritos.
No podrá ser valorada aquella relación de trabajo de la que no se acredite la totalidad de los
datos reseñados.
En ningún caso se valorará la experiencia profesional como funcionario de carrera, como
personal laboral fijo o como personal eventual.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios
especiales, se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a
CVE:
BOP-2022-5951
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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