Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5944)
BOP-2022-5944 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Administración General, mediante el sistema de oposición libre, por el turno de discapacidad.
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Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la
relación de los/as aspirantes que han superado el mismo, disponiendo los/as interesados/as de
un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Calificación de la fase de oposición.
Los ejercicios de la oposición, todos ellos eliminatorios, se calificarán de cero a diez puntos,
siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos en cada uno de ellos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
SÉPTIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS/AS Y PRESENTACIÓN
DE DOCUMENTOS.
La calificación definitiva de la oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones
definitivas obtenidas en cada una de las pruebas. Efectuada la calificación total, el tribunal
publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres, así
como dentro del apartado Ofertas de Empleo https://sede.caceres.es, anuncio en que
aparezcan los resultados finales por orden de puntuación total del proceso de selección y la
propuesta a la Alcaldía sobre el/la aspirante propuesto/a para su nombramiento como personal
funcionario de carrera, no pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal
modo que resultará seleccionado/a el/la aspirante que mayor puntuación haya obtenido hasta
el límite de las plazas convocadas y elevará dicha propuesta al órgano competente de la
Corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el
mismo continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada
fase.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a
favor de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la
presente convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento
por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base
quinta de esta convocatoria.
CVE:
BOP-2022-5944
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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