Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. (BOP-2022-5920)
BOP-2022-5920 Aprobación expediente de Modificación de Créditos Num. 10 del presupuesto 2022.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia
ANUNCIO. Aprobación expediente de Modificación de Créditos Num. 10 del
presupuesto 2022.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 7 de diciembre de
2022, ha aprobado el expediente de Modificación de Créditos núm. 10 del Presupuesto 2022,
por el que se suplementan créditos de algunas partidas para el pago del incremento salarial de
los trabajadores públicos de este Ayuntamiento aprobada mediante el Real Decreto-Ley
18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los
consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en
aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de
retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas
trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.
Conforme establece el art. 22.4 del citado Real Decreto-Ley 18/2022,de 18 de octubre, el
acuerdo adoptado por el Pleno es inmediatamente ejecutivo, por serle de aplicación lo
establecido en el art. 177.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo
20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del
título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en
materia de presupuestos, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por
plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, durante los cuales los interesados podrán
examinarlo y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.
Aquellas reclamaciones o alegaciones presentadas contra la aprobación de citada modificación
de crédito serán sustanciadas dentro de los ocho días siguientes a la presentación,
entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho
plazo.
CVE:
BOP-2022-5920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
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