Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2022-5914)
BOP-2022-5914 Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos, para plazas derivadas de procesos de estabilización de empleo temporal, en virtud de la ley 20/2021,de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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personas participantes en el proceso selectivo, sin perjuicio de la posibilidad de revisión de
oficio o en vía de recurso.
TERCERA. Sistema de selección.
Los procedimientos de selección tanto para personal laboral fijo como para personal
funcionario de carrera serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad,
mérito y capacidad, asegurando los plazos establecidos en la legislación vigente mediante la
adopción de las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales
como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en
un mismo ejercicio, entre otras, de conformidad con la disposición adicional cuarta de la ley
20/2021.
El sistema de selección será el de concurso-oposición, para aquellas plazas que hayan estado
ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con posterioridad al 01 de enero de
2016, en virtud del art. 2. 4. de la Ley 20/2021, con una valoración en la fase de concurso de un
cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la
experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate pudiendo no ser
eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición y el de concurso de méritos, para aquellas
plazas que hayan estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con
anterioridad al 01 de enero de 2016, de conformidad con la disposición adicional sexta de la
Ley 20/2.021.
CUARTA. Condiciones de Admisión de Aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes
condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias,
debiendo mantenerse los mismos durante el desarrollo de todo el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española o reunir los requisitos exigidos en el artículo 57 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, en el supuesto de
acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
Aquellos/as aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar un
conocimiento adecuado del castellano mediante el sistema que determine el tribunal de
selección.
CVE:
BOP-2022-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
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